Contar con una póliza de asistencia médica internacional no solo garantiza protección personal durante tus itinerarios, sino que constituye un requisito legal obligatorio exigido por las normativas de extranjería en Europa.
1. Cobertura Mínima Exigida por la Legislación Europea
La normativa comunitaria exige que la póliza de asistencia internacional disponga de un límite de cobertura médica mínima de 30.000 euros para emergencias de salud o accidentes.
2. Cláusulas Normativas de Repatriación
El certificado de la póliza debe explicitar la cobertura de costes de repatriación sanitaria e indemnización por emergencias médicas sin deducibles ni franquicias exigibles al asegurado.
3. Coincidencia con la Vigencia del Itinerario
La vigencia del seguro médico debe cubrir legalmente la totalidad del periodo de estancia previsto en el territorio de destino, extendiéndose idealmente algunos días posteriores a la fecha de retorno.
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